Reclamaciones para afectados por el cierre de las clínicas DENTIX
Estos días muchos de nuestros clientes nos estais realizando consultas acerca de cómo actuar frente el cierre de las clínicas DENTIX y la consecuente interrupción de los tratamientos contratados con la misma.
Efectivamente las clínicas DENTIX se encuentran cerradas desde el inicio de la pandemia y sus clientes se hallan absolutamente indefensos y sin poder continuar con sus tratamientos. Algunas fuentes indican que DENTIX ha solicitado un preconcurso de acreedores lo que podría conllevar que sus clientes se quedaran sin tratamiento y sin indemnización si no reclaman antes.
https://www.elconfidencial.com/empresas/2020-04-03/dentix-pide-concurso-acreedores_2531663/
Así, aún a fecha de hoy, al clicar en su página Web, nos salta un banner, informándonos del cierre temporal de todas las clínicas DENTIX, en base a las supuestas recomendaciones realizadas por las autoridades sanitarias y gubernativas.
Sin embargo, no es cierto que las clínicas dentales hayan tenido que cerrar obligatoriamente como consecuencia de la pandemia. Precisamente el pasado 23/03/2020, el Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya dictó la Resolució SLT/62/2020, por la cual se adoptan medidas organizativas en relación con los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de régimen ambulatorio.
Dicha Resolución ordenaba, con efectos a partir de las 00.00 horas del día 24/03/20 “suspender toda la actividad asistencia de carácter no urgente de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de régimen ambulatorio y que presente servicios exclusivamente de provisión privada. Estos centros, servicios y establecimientos han de garantizar exclusivamente la atención a los problemas de salud que puedan tener una evolución desfavorable si se demora su tratamiento según el criterio de los profesionales sanitarios que prestan asistencia”.
Por tanto, en aplicación de la normativa vigente y hasta la finalización del Estado de Alarma vigente, las clínicas dentales debían/deben suspender toda actividad odontológica que no sea urgente e inaplazable, pero debiendo tratar a aquellos pacientes a los que el aplazamiento de su tratamiento pudiera suponerles una evolución desfavorable.
En atención a la obligación de las clínicas de atender a aquellos pacientes que pudieran evolucionar desfavorablemente de no ser tratados, el Col·legi Oficial d’Odontòlegs i Estomatòlegs de Catalunya, ha establecido inclusive unas recomendaciones para la atención de urgencias.
Sentado todo lo anterior, hay que saber que:
1.- Podemos reclamar a DENTIX por la interrupción de nuestro tratamiento, pudiendo resolver el Contrato que en su día suscribimos con ellos, por incumplimiento del mismo.
En todo caso, podremos reclamar a DENTIX la devolución del dinero efectivamente satisfecho por aquella parte del tratamiento no realizada.
2.- Podemos reclamar a DENTIX además en su caso por las posibles negligencias médicas y malas praxis en que hayan podido incurrir.
3.- En caso de haber financiado el tratamiento médico con una entidad de crédito (CETELEM, COFIDIS etc..), encontrándonos ante lo que se denomina un contrato de crédito vinculado, podremos resolver nuestro contrato con DENTIX, resolviendo asimismo el contrato con la entidad financiera (art. 29 Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo).
Desde Requena & Mazzoni Advocats ponemos a tu disposición a nuestro equipo y nuestra experiencia para reclamar cuanto antes lo que es justo porque podemos y queremos ayudarte.
Sin compromiso y gratuitamente valoraremos tu situación de manera personalizada. Sólo tienes que enviarnos un correo info@requenaadvocats.com con tus datos personales y contacto con un breve resumen de tu situación con DENTIX y nuestras abogadas se pondrán en contacto contigo en la mayor brevedad.
Gracias por tu confianza
Valentina Mazzoni
Abogada y socia
Requena & Mazzoni Advocats
info@requenaadvocats.com